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viernes, 26 de abril de 2024

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México: éstas son las sanciones

EFE

México Prohíbe las Terapias de Conversión a Nivel Nacional

El Senado de la República ha aprobado reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión. Estas prácticas, que han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura contra la comunidad LGBTQ+, consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, con el objetivo de que se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Las sanciones para quienes realicen las terapias de conversión o ECOSIG serán de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos. 


Estas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.


Las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

La senadora Patricia Mercado, de Movimiento Ciudadano, fue de las primeras en celebrar la aprobación de la reforma, reconociendo el trabajo de la organización Yaaj México, dedicada a promover y defender los derechos de la comunidad LGBT+. 


En su cuenta de Twitter, escribió: “Están prohibidos en México los esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género #ECOSIG, mal llamadas “terapias de conversión”. Nos costó casi seis años hasta ser el último dictamen en aprobarse en este periodo ordinario final de la LXV Legislatura, gracias a la persistencia de la sociedad civil a través de @YaajMexico y @genarolozano, así como de quienes promovimos la iniciativa y las legisladoras y legisladores aliados que fuimos sumando”.